30 junio 2020

Estímulo Fiscal para la Cultura y las Artes del Estado de Sonora (EFICAS) 2020-2 2

Número de Edición: 2
Fecha de Públicación: : 14 mayo 2020

El Gobierno de Estado de Sonora, a través del Instituto Sonorense de Cultura y la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora, con apoyo del Congreso del Estado de Sonora, emiten por segundo año consecutivo las Reglas de Operación del EFICAS 2020.

  1. Podrá participar en el estímulo fiscal la persona física mayor de 18 años, nacida en el Estado de Sonora, o persona moral con sede en la entidad. También mexicanos o naturalizados mexicanos con residencia comprobable e ininterrumpida en la entidad durante los últimos 2 años, y extranjeros con residencia legal, comprobable e ininterrumpida en Sonora durante los últimos 3 años.
  2. Se recibirán proyectos de inversión o propuestas de creación artística, producción o promoción artística y cultural que a través de procesos conjugan la creación, realización y difusión, así como los recursos humanos, materiales y financieros necesarios en la creación de obras originales de las siguientes disciplinas:Teatro, Danza, Música, Cine, Literatura, Artes Visuales y Promoción artística y cultural.
  3. Sólo se aceptarán proyectos originales, que cumplan con lo señalado en el inciso 13 de la sección de definiciones de las Reglas de Operación del EFICAS.
  4. No se aceptarán proyectos realizados o que busquen recuperar el recurso previamente invertido.
  5. Se considera como Responsable del proyecto la persona física o persona moral que estará a cargo del desarrollo de las obras, acciones, actividades y productos señalados en el proyecto de inversión para el que se solicitan los recursos financieros a través del estímulo fiscal. Tratándose de proyectos en coautoría, será responsable del proyecto la persona que sea designada por mayoría de los coautores.
  6. Serán aceptados un máximo de tres proyectos de inversión por responsable, grupo o colectivo por ejercicio fiscal, para dar oportunidad a la participación de otras propuestas.
  7. Los responsables de proyectos que cuentan con previa autorización en algún otro proyecto del EFICAS, deberán encontrarse al corriente con sus compromisos contraídos, a efecto de volver a participar.
  8. La persona moral puede participar bajo la figura de asociación civil, organización de la sociedad civil sin fines de lucro e independiente (no debe pertenecer o depender de.alguna institución pública) o empresa cultural, tener sede en el Estado de Sonora y manifestar entre su objeto social o estatutos, la investigación, producción, promoción, creación, formación o difusión de las artes conforme a la disciplina del proyecto que se presenta: teatro, danza, música, cine, literatura, artes visuales, promoción artística y cultural.
  9. En su caso, se deberá registrar la postulación con los datos personales del representante legal de la persona moral, quien será el responsable del proyecto.
  10. La propuesta de retribución social deberá especificarse en el proyecto y será adicional a los compromisos del trabajo a desarrollar y la presentación del producto.

Objetivos: Fomentar la producción, creación y difusión de las artes, estimular la autonomía de artistas y agrupaciones, favorecer la divulgación, promoción y presentación artística y propiciar la profesionalización de agrupaciones e individuos dedicados al arte en sus diversas etapas de creación y producción al interior del Estado de Sonora.

Instrucciones de registro:

1. El registro se hará a nombre del responsable del proyecto, quien deberá subir a la plataforma sus documentos personales y, cuando se requieran, de la persona moral o equipo creativo y administrativo de trabajo, además de otros documenos obligatorios y/o necesarios.

2. Señalar en Campos específicos si la inscripción es individual o de grupo.

3. En la sección Documentos, se sugiere subirlos todos, uno por uno, y Guardar. Es recomendable tener a la mano la Reglas de Operación del EFICAS, páginas 7 a 10.

4. No olvidar Guardar los cambios o agregados y, cuando lo requiera la plataforma, Validar. 

5. Si se subieron todos los documentos obligatorios y/o necesarios, al dar click en Inicio se generará un folio, que confirma en qué convocatoria se inscribió el postulante.

Instrucciones de documentación:

1. El responsable de la propuesta deberá subir los documentos a la plataforma conforme a los requisitos señalados en el punto IV de las Reglas de Operación del EFICAS, identificando previamente los archivos con nombres breves. 

2. Documentos del proyecto. En este caso, los documentos indicados en las Reglas de Operación, del inciso B al T se subirán en un mismo archivo, excepto documentos de los incisos I y M, que se subirán por separado, conforme lo solicita la plataforma.

3. No se recibirán documentos de manera extemporánea, que no se encuentren conforme a las presentes reglas de operación o con información incompleta.

4. Los proyectos que se encuentran en proceso, o que iniciaron antes de participar en el EFICAS, solo podrán participar si se incluye en el PDF de los anexos de documentos, un informe firmado por el responsable, señalando el grado de avance, los detalles del trabajo realizado y materiales generados.

5. Una vez recibidos los documentos, el ISC revisará si se cumplen con las reglas de operación. Solo los expedientes completos y correctos se entregarán al Comité dictaminador para que emita su dictamen.

Selección:

El Comité dictaminador evaluará los proyectos artísticos tomando en cuenta los siguientes criterios:

  1. Calidad artística.
  2. Pertinencia.
  3. Eficacia.
  4. Eficiencia.
  5. Viabilidad técnica y financiera.
  6. Impacto social y cultural de sus resultados.
  7. Veracidad de la información proporcionada por el responsable del proyecto.
  8. Propuestas de retribución social.

Montos:

1. El monto máximo de autorización del estímulo fiscal es de $15,000,000.00 de pesos (son: quince millones de pesos 00/100 M.N.) por ejercicio fiscal para todas las disciplinas artísticas.

2. El monto máximo autorizado por proyecto será de $1,000,000.00 de pesos (es: un millón de pesos 00/100 M.N.).

El comité dictaminador puede recomendar un monto menor al propuesto en el proyecto artístico, asegurando la viabilidad de éste.

Periodo de registro:

Del 14/05/2020 al 30/06/2020, 15:00 horas de Sonora. 

Compromisos de la institución y de participante:

  1. Para los proyectos que contemplan participación de grupos de trabajo, el programa general deberá conformarse por un porcentaje mínimo del 80% de personas nacidas en Sonora. También mexicanos o naturalizados con residencia comprobable e ininterrumpida de los últimos dos o más años en la entidad. En caso de que sean extranjeros, de igual manera, se deberá acreditar su residencia de los últimos tres o más años en la entidad.  Lo mismo procede en la programación de propuestas para organizar mercados artísticos o culturales.
  2. No se apoyarán proyectos que incluyan la participación de partidos políticos y/o asociaciones religiosas, ni se podrá hacer mención de esas instituciones en la difusión y promoción.
  3. Los proyectos deberán realizarse en el plazo máximo de un año, contado a partir de la fecha de recepción de los recursos económicos autorizados. Se excluyen de ese plazo los proyectos cinematográficos para la creación de largometraje, ya que estos tendrán un plazo de hasta un año y medio para su realización, misma que iniciará a partir de la fecha en que se reciba el recurso económico aprobado.
  4. Todos los proyectos deberán considerar la salida al público conforme a los compromisos asumidos en cada disciplina: funciones, proyecciones, conciertos, publicaciones, exposiciones, entre otros.
  5. Los proyectos aprobados deberán garantizar actividades o acciones en el Estado comprobable de un mínimo del 80%.
  6. Los responsables de proyecto deberán seleccionar e incluir en sus esquemas de trabajo una de las formas de retribución que se señalan en la tabla expuesta en las Reglas del Operación. Asimismo, habrán de considerar que por cada $20,000.00 pesos (son: veinte mil pesos 00/100 M.N.) que logren concretar en su propuesta con los contribuyentes aportantes, ofrecerán una hora de servicio en la actividad seleccionada (y exclusivamente relacionada a su proyecto), sin costo para la sociedad y autorizada por el ISC.
  7. Los beneficiarios deberán concluir con la totalidad de su retribución en un plazo no mayor a un año y tres meses, o de año y medio si se trata de proyectos cinematográficos para la creación de largometraje, contado a partir de la fecha de entrega del recurso, informando las actividades conforme lo señalan las Reglas en el punto XII. Informes.
  8. No se otorgarán recursos adicionales para cumplir con los compromisos señalados como retribución social, a menos que la actividad solicitada por el ISC se desarrolle en un municipio fuera del lugar de residencia del responsable del proyecto y cuya ampliación corresponderá exclusivamente al gasto que se genere por el traslado de dicha actividad a otra localidad no establecida en el proyecto original.
  9. Cuando se trate de proyectos de creación artística relacionados con las Artes Visuales, el ISC determinará la retribución, privilegiando la exhibición en lugares públicos y por el tiempo que se acuerde, debiendo comunicar a la SHGES la forma de retribución de cada uno de estos proyectos.
  10. En caso que los artistas soliciten otra forma de retribución, esta deberá ser aprobada por el ISC.
  11. El Instituto Sonorense de Cultura (ISC) conformará el comité dictaminador de acuerdo con las propuestas recibidas; organizará la evaluación y selección de los proyectos con apoyo de dicho comité y asentará los resultados en acta firmada por los dictaminadores.
  12. El ISC difundirá los resultados y entregará a cada responsable de proyecto seleccionado la constancia correspondiente para garantizar la validez del estímulo fiscal, para fines de formalización con el contribuyente aportante, misma que será firmada por el ISC y la SHGES.
  13. El ISC vigilará el cumplimiento de las Reglas de Operación y demás disposiciones relacionadas con el EFICAS.
  14. El ISC entregará a los responsables las constancias de terminación de compromisos.

Al registrar su propuesta, los postulantes aceptan de conformidad sujetarse a las Reglas de Operación del EFICAS y de la presente convocatoria. 

Resultados: 

1. El ISC notificará a los responsables de proyecto la aprobación del mismo y el monto aprobado en un plazo máximo de 5 días hábiles después de la firma del acta de resultados emitida por el Comité dictaminador.

2. El ISC publicará en su página de Internet el título de los proyectos artísticos y culturales aprobados, nombre del responsable y el monto autorizado.

3. Los resultados se darán a conocer a partir del 10 de septiembre de 2020.

Casos no previstos:

El Director General del ISC tendrá la facultad de crear una comisión especial que revisará y resolverá controversias y situaciones que ameriten atención especial. Esta resolución tendrá el carácter de inapelable.

Informes:

Mayores informes y asesorías en el teléfono  6621 94 2178, en el correo electrónico eficas@isc.gob.mx y FB, Eficas Sonora. 

14/05/2020



Fecha de Lanzamiento

14 mayo 2020

Fecha de Cierre

30 junio 2020


Instrucciones de registro